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Casos de Éxito

Presentamos aquí algunos de los casos de éxito más destacados de nuestra trayectoria. Los datos personales no son correctos para preservar la confidencialidad de nuestros clientes.

Caso 1 – Lesiones

1. Introducción al caso

Se nos presenta un cliente contra quien se había incoado un proceso penal por un presunto delito de lesiones, a raíz de una denuncia formulada por el delegado de campo del equipo local de fútbol, quien presentaba una herida en la frente, acusando al cliente de haberle agredido, y reclamándole además una indemnización.

El cliente era un hombre de 40 años, de profesión fontanero, sin antecedentes de interés, que había mantenido una discusión con el entrenador del equipo de fútbol visitante, un domingo, cuando había acudido a presenciar un partido de futbol en el que jugaba su hijo.  Según describe, tuvo un encontronazo verbal con el denunciante porque se estaba riendo de una conversación que el agredido tenía con el entrenador: “… le dije al delegado de campo que no se riera que no tenía gracia”.

Según el relato del cliente, el denunciante y él subían por una escalera de las gradas del estadio (mientras el cliente subía por el lado derecho de la escalera, detrás de él, por el lado izquierdo y separado por una barandilla, iba también subiendo el delegado de campo de fútbol del equipo local). Al llegar el delegado de campo al rellano de la escalera, donde ya estaba el cliente, aquél le echó el brazo derecho por la espalda y le sujetó el hombro derecho con su mano derecha, diciéndole al oído: “soy el delegado de campo”. A lo que le contestó: “¿y a mí qué?” y le quitó el brazo, diciéndole que no le tocara. Acto seguido, el denunciante le agarró fuertemente la cabeza con las dos manos y le dio un cabezazo en la boca que le dejó “cao”. Aunque como acto reflejo echó la cabeza para atrás cuando le agarró la cabeza, no pudo evitar el golpe.

Sintió un golpe en toda la boca y creyó que “le había echado abajo” los dientes. Fue tan fuerte que le produjo un shock. Posteriormente, estuvo más de un mes con sensación de corcho “en las dos paletas” y las encías. El golpe le produjo también lesiones en los labios (herida sangrante en labio superior, en la zona central interna y labio inferior, lado derecho interno) y en las encías (sufrió parestesia-adormecimiento que duró más de un mes en la encía superior, en la zona de los incisivos superiores del 12 al 22) y dientes (anestesia 11 y 21 que duró más de un mes) y parestesia alveolar de incisivos inferiores (31 y 41) que duró unos 4 días.

2. Desarrollo del Caso

Nuestra intervención consistió en un interrogatorio detallado al cliente, así como una exploración clínica que consistió en la inspección (extraoral, intraoral), palpación dental alveolar y de la ATM y la toma de fotografías clínicas y modelos de estudio. El cliente presentaba dolor en el incisivo central superior derecho a la toma de impresiones de alginato para la confección de los modelos de estudio, lo que indicaba una afectación del nervio de dicho diente. En la radiografía se aprecia claramente una fractura radicular del 11, entre el tercio medio y el apical. También se aprecia resorción radicular del central superior izquierdo.

Explica que el denunciante realmente se hizo él mismo una brecha en la frente al darle el cabezazo (con la frente contra sus dientes).

Como la agresión fue en fin de semana y el lunes siguiente era fiesta, a él lo vieron por Medicina Forense el martes, y la Forense le valoró y le aconsejó que fuera al dentista, quién en un primer momento, le diagnosticó inflamación y movilidad del incisivo central superior derecho (11), y le recomendaron que fuera periódicamente, prescribiéndole ibuprofeno que tomaba dos o tres veces al día hasta que lo dejó, a los seis meses de la agresión. Por motivos económicos no fue al dentista a seguimiento.

Por consejo de su abogado, fue de nuevo al dentista y se hizo una radiografía, descubriendo que el diente central superior derecho (11) estaba partido.

Aunque al principio el dentista le recomendó hacerse una endodoncia del 11; posteriormente, al descubrir que estaba partido, le recomendó extraerlo y colocarle un diente fijo mediante colocación de implante y corona, pero que no se ha podido hacer los tratamientos que el dentista le ha presupuestado por motivos económicos.


IMAGEN SIMILAR A LA RX PERIAPICAL DEL DENUNCIADO.

Obsérvese línea de fractura en el incisivo central superior derecho

3. Solución Empleada

Como conclusión, se deduce que el cliente sufrió una agresión que le produjo un traumatismo bucodental que derivarán en la pérdida futura previsible de sus incisivos centrales superiores. Dichas lesiones se concretan en la fractura radicular de 11 (Fractura de raíz. N0 873.63. Fractura que afecta al cemento, dentina y pulpa) y en la luxación de 21 (Luxación lateral. N0 873.66. Desplazamiento del diente en dirección diferente a la axial. Se acompaña de conminución o fractura de la cavidad alveolar), ambos dientes lesionados presentan engrosamiento del ligamento periodontal. Ambas lesiones, so pena de convertirse en secuelas irreversibles, se pueden revertir mediante la aplicación de implantes dentales con sus correspondientes coronas 11 y 21. Para la realización de la exodoncia del 11, es necesaria una intervención quirúrgica de remoción del fragmento apical radicular, con anestesia y puntos de sutura.

 

4. Indemnización

El informe pericial fue fundamental para esclarecer cómo sucedieron los hechos denunciados. Gracias a nuestro informe pericial, el cliente pudo llegar a un acuerdo con el agresor/denunciante que fue aceptado por el ministerio fiscal para compensar la responsabilidad penal, y llegar a un acuerdo extrajudicial de indemnización.

Caso 2 – Lesiones

1. Introducción al caso

Se nos solicita un informe pericial sobre el estado dental previo del denunciante en un procedimiento penal, en el que nuestro cliente se enfrentaba a una posible pena de cárcel de hasta cinco años, al haber determinado el forense que el denunciante “había perdido varias piezas dentales como consecuencia de una agresión”.

El objetivo era evitar la cárcel para nuestro cliente, demostrando que el estado de salud bucodental previo del denunciante era pésimo y que en realidad las lesiones eran leves y no constituían delito de lesiones, sino una falta (delito leve, en el vigente código penal actual).

La complejidad del caso residía en que en el informe del forense se recogía la pérdida de piezas dentales del denunciante, lo cual constituye un delito de lesiones. Y además nuestro cliente tenía una lesión en la mano derecha que le incriminaba. El denunciante aportaba testigos de la agresión. El fiscal pedía hasta cinco años de cárcel para nuestro cliente.

El denunciado, empresario, era vecino del denunciante pues vivían en el mismo edificio. Ambos habían mantenido en el pasado muchas discusiones e incluso el denunciante había sido condenado por daños al haber probado nuestro cliente que aquél le había rallado el coche en varias ocasiones. Los insultos y amenazas eran constantes hacia su familia y existía una orden de alejamiento del denunciante frente a uno de los hijos del denunciado, por una pelea anterior.

2. Desarrollo del Caso

Nuestra intervención consistió en evaluar las radiografías que el denunciante aportó como pruebas y que correspondían a la situación anterior y posterior al incidente. Así como una detallada anamnesis (interrogatorio) de nuestro cliente.

Descubrimos que realmente lo que sucedió fue que el denunciante le propinó una paliza al llegar al ascensor de su casa, después de ir siguiéndolo por la calle mientras nuestro cliente paseaba sus perros. El cliente sujetaba con su mano izquierda las correas de sus perros, mientras el denunciante le propinaba golpes (en el pómulo izquierdo y el costado izquierdo), mientras el denunciado intentaba defenderse de la agresión elevando la mano derecha que tenía libre, tratando de protegerse la cara.

IMAGEN SIMILAR A LA ORTOPANTOMOGRAFÍA PREVIA DEL DENUNCIANTE.

Obsérvese imágenes de destrucción dentaria por caries

3. Solución Empleada

Las conclusiones de nuestro estudio fueron que, en primer lugar, el informe del forense podía estar equivocado, porque en la radiografía posterior al incidente, los dientes del denunciante que se decían perdidos, en realidad, estaban presentes en boca. En segundo lugar, que las “roturas” que apreciaba el forense eran en realidad cavidades colapsadas por caries dental, en lugar de fracturas producidas por el incidente, y eran debidas a la mala situación bucodental previa del denunciante (que de los 14 dientes que le quedaban en boca antes del incidente, sólo tenía uno sano). En tercer lugar, la lesión en el dorso de la mano, que el forense interpretaba como señales de haber golpeado la boca del paciente, era en realidad una lesión defensiva de nuestro cliente que mantenía la mano izquierda baja y se trataba de cubrir el rostro con su mano derecha mientras trataba de esquivar los golpes que le propinaba el denunciante.

Por todo ello, procedía la recalificación del incidente como un delito leve. Finalmente, en la sentencia se rebajó la entidad de las lesiones, considerando su señoría que nuestro cliente no cometió delito alguno, sino en todo caso un delito leve (falta) que no conllevaba pena de prisión; y condenando a ambos a indemnizarse mutuamente los daños del contrario.

4. Indemnización

Nuestro cliente evitó la condena de pena de prisión gracias a nuestro informe y el abogado consideró nuestro informe y ratificación en Sala como fundamentales para obtener este resultado beneficioso.

Caso 3 – Mala Praxis (Implantes)

1. Introducción al caso

Se trata de una mujer, ama de casa, que se había sometido a un tratamiento de poliexodoncias y colocación de implantes en una clínica de una cadena dental muy conocida

Al momento de ser tratada inicialmente en la clínica, presentaba un premolar superior (15), empastado, faltando el primer premolar (14) y los incisivos 12, 11, 21 y 22, así como los molares superiores (18 a 16 y 26 a 28). Tenía un puente fijo de canino a canino, ambos (13 Y 23 endodonciados), junto al que tenía por la izquierda dos restos radiculares de los dos premolares superiores izquierdos (24 y 25) a los que se les le habían caído sendas reconstrucciones. Abajo, presentaba todos sus dientes inferiores a excepción de los sectores posteriores (es decir, los molares 38 a 36 y 46 a 48 ausentes), presentando los dientes remanentes 45, 44, 34 y 45 algunas caries,  según comprobamos a partir de la imagen que corresponde a una ortopantomografía de que aporta la cliente.

2. Desarrollo del Caso

El tratamiento adecuado a esta patología (previa obtención de consentimiento informado) era retirar el puente fijo superior, valorar la exodoncia de los restos radiculares 24 y 25 y la restauración (empastes) de los dientes cariados. A continuación, sustituir los dientes ausentes mediante prótesis. Las opciones para la rehabilitación protésica eran varias (Reemplazo de los dientes ausentes mediante implantes en sector anterior y posterior superior y en cuadrante 3 y 4; con coronas sobre implantes y sobre muñones remanentes. O bien, la colocación de una Prótesis removible parcial superior y prótesis removible (esquelético) inferior.

El tratamiento realizado fue el siguiente: a la paciente se le propuso, acertadamente, en un principio PARA EL MAXILAR:

  • La exodoncia de las piezas 15, 13, 23, 14, 25 y 25, con
  • prótesis inmediata completa superior y posterior
  • elevación de senos maxilares e
  • implantes 13,12,11,21,22,23, para sujetar una
  • prótesis híbrida superior atornillada.

Y PARA LA MANDÍBULA:

  • coronas sobre los dientes 35, 34, 33, 32, 31, 41, 42, 43, 44 y 45), así como
  • implantes con corona para sustituir molares inferiores 36 y 46.

Si bien, según un presupuesto posterior se le modificó la propuesta inicial para la arcada inferior, incluyendo los siguientes tratamientos:

  • Endodoncias en las piezas 34, 35, 44, 45, 31, 32, 33, 41, 42, 43
  • Pernos de fibra y reconstrucción coronal en las piezas 31, 32, 34, 35, 41, 42, 44, 45
  • Corona provisional de resina 31, 32, 33, 34, 35, 41, 42, 43, 44,45.

Las conclusiones de nuestro estudio fueron que el presupuesto aceptado fue incorrectamente realizado, por cuanto las endodoncias de las piezas 43, 42, 41, 31 y 32 son claramente insuficientes, mostrando imágenes periapicales sugestivas de quistes periapicales en todas ellas y la pieza 43 muestra evidencias de padecer una fisura o fractura corono radicular, probablemente al no haber sido reconstruida mediante perno.

Además, el planteamiento inicial en el que se le propone para el maxilar la exodoncia de las piezas 15, 13, 23, 14, 25 y 25, con prótesis inmediata completa superior; se realiza de forma imprudente al realizar todas las exodoncias en una sola sesión, provocando un desvanecimiento de la paciente cuyo riesgo no fue advertido a la misma con carácter previo a su realización; y una fobia dental posteriormente creemos que bastante justificada. Por otra parte, la elevación de senos maxilares ha sido muy insuficiente, por no decir que nulo, si comparamos la ortopantomografía previa y la actual-

No se han realizado los implantes 13,12,11,21,22,23, que estaban presupuestados (y pagados), al igual que la prótesis híbrida superior atornillada.

Por otra parte, para la mandíbula se preveía un puente fijo de 10 piezas e implantes con corona para sustituir molares inferiores 36 y 46. El puente fijo sobre los dientes 35, 34, 33, 32, 31, 41, 42, 43, 44 y 45 sí se ha realizado, pero la preparación de los dientes (tanto la inicial prevista, tallado simple, como la posterior modificación del tratamiento inicial se ha realizado de forma defectuosa), y los implantes con corona 36 y 46 se han pagado y no se han realizado.

Por tanto, el trabajo protésico ha sido muy desfavorable, pese al intento de mantener los dientes inferiores de la paciente, siendo de muy difícil reparación.

No debería haberse colocado en boca una prótesis completa superior que no está adaptada, condenando a la paciente a usar adhesivos dentales durante su permanencia en boca. La paciente se queja de que la prótesis inmediata inferior se le despegó varias veces, además de tener una morfología poco agraciada (como se muestra en la fotografía de la misma aportada por la paciente en su anamnesis y repetimos más adelante).  Por lo tanto, el resultado de la prótesisinmediatas NO ha sido correcto. La paciente no podía masticar, y tiene secuelas somáticas y psíquicas.

Ha habido por tanto una clara pérdida de oportunidad también, por cuanto todos los tratamientos de implantes tanto superiores como inferiores inicialmente propuestos, debían haberse concluido a los tres meses de iniciar el tratamiento, es decir, antes de Semana Santa de 2014 (como muy pronto y antes del verano de 2014, como muy tarde).

Los tratamientos de implantes propuestos y pagados por la paciente no se han realizado, por lo que sería procedente también la devolución de los honorarios cobrados.

Por otra parte, en la documentación obrante en la Historia Clínica de la cliente no figuran ninguno de los CONSENTIMIENTOS INFORMADOS necesarios para realizar las distintas intervenciones (alcance de la intervención y contenido de las posibles riesgos o complicaciones), tampoco hay evidencias de haber medido la presión arterial durante la intervención, ni de tener siquiera constancia de que la paciente era hipertensa (la historia clínica refleja tachado “TOMA ASPIRINA” , sustituido posteriormente por “TENSIÓN ALTA” por lo que, en este sentido, la actuación del profesional que realizó la poliexodoncia no es adecuada a la lex artis.

El tratamiento de prótesis fija ha sido defectuoso en la preparación de los muñones, según reconoce la propia clínica al comprometerse a asumir sin coste un tratamiento alternativo y recoge la Historia Clínica: “los muñones tallados por la Dra. XXXXXX son insuficientes (muy pequeños)…”, por lo que después de rechazar la propuesta de exodoncia de todos los dientes de abajo se le presupuestó a coste cero la endodoncia de las piezas 34, 35, 44, 45, 31, 32, 33, 41, 42, 43, así como Pernos de fibra y reconstrucción coronal en dichas piezas. Tratamiento que no se realizó con el cuidado debido, apareciendo imágenes periapicales (quistes) a consecuencia de las endodoncias mal realizadas.

3. Solución Empleada

Como resultado, la función masticatoria está limitada. Ha sufrido anemia y fobia al dentista, sufriendo socialmente, sin atreverse a comer fuera de casa. Padece quistes periapicales, muy probablemente a consecuencia de la defectuosa realización de las endodoncias, que necesitará tratamiento quirúrgico. El daño psicológico y la fobia dental de la paciente. Además, la cliente necesitará la realización de elevación de senos maxilares para poder colocar implantes superiores.

Ha habido una clara pérdida de oportunidad porque su tratamiento debía haber terminado entre tres y seis meses después de haber comenzado (y nunca se terminó después de cuatro años de sufrimiento).

4. Indemnización

Los daños se valoraron en 25.000 euros y nuestro informe resultó imprescindible para conseguir un acuerdo extrajudicial que incluía el pago de esta cantidad a la cliente como indemnización, de la que se hizo cargo del seguro de responsabilidad civil de la clínica dental.

Caso 4 – Mala praxis (Ortodoncia)

1. Introducción al caso

Se nos pide un informe sobre la afectación ósea de una paciente sometida a un tratamiento de ortodoncia que tras haberlo finalizado correctamente, se realiza un escáner y se detecta que los dientes superiores están “en el aire” (fuera de sus bases óseas), habiéndose perdido la tabla vestibular por una expansión excesiva.

2. Desarrollo del Caso

Nuestro informe demuestra que el tratamiento de ortodoncia se ha realizado sin el necesario cuidado y seguimiento del estado periodontal y que en el futuro la paciente, de 26 años, puede llegar a perder sus dientes anteriores. Además, la secuencia de arcos utilizada se aparta de las instrucciones del fabricante, por lo que ha habido una mala praxis, con daños cuantificables en 50.000 euros.

3. Solución Empleada

Aunque el resultado oclusal se consiguió acertadamente, las imágenes del escáner mostraron que se había sobre expandido la arcada superior y que se había perdido prácticamente todo el hueso cortical alveolar, sacando literalmente los dientes de sus bases óseas.

4. Indemnización

Finalmente, la paciente gracias a nuestro informe fuerza un acuerdo extrajudicial con la clínica y recibe una indemnización de 25.000 euros; sin llegar siquiera a plantear la demanda en el juzgado.

Caso 5 – Mala praxis (Implantes)

1. Introducción al caso

Se trata de un hombre de 62 años, jubilado, casado, con antecedentes de Hipertensión e hipercolesterolemia, con prótesis completa superior y removible parcial inferior.

El paciente manifiesta haberse realizado diversos tratamientos de implantes en una clínica (franquicia) comenzando tres años antes para ponerse una prótesis fija superior, para sustituir la removible que llevaba originalmente.

Fue atendido la primera vez por una empleada, que no le explicó nada acerca del tratamiento, sólo que iba a ponerle los dientes “fijos” con “implantes”, sin explicarle cuántos implantes le iba a poner y que el precio era algo más de 6.000 euros, que con el descuento quedaba en 5.188,32 euros. Que, pese a que le dijeron que la dentadura era fija, en realidad le dieron un presupuesto de “sobredentadura” y de cuatro implantes.

2. Desarrollo del Caso

El paciente manifiesta que fue intervenido en las instalaciones de la franquicia por un Cirujano Maxilofacial, quien le colocó cuatro implantes en el maxilar (dos en el lado derecho y dos en el lado izquierdo). Posteriormente, y cada 15 días desde la intervención, una doctora le hacía revisiones de los implantes y siempre le decía que estaba todo bien (“perfecto, está todo bien”).

Sin embargo, a los dos meses tuvo que realizarle el explante del implante colocado en la zona del 13 (porque “tenía dolor y se le movía”), y a los 8 días se lo recolocaron.

De nuevo, tras otros 15 días, sufrió otra vez el explante del 13 y de los dos del lado izquierdo. El paciente se queja de que sólo le dolía el 13, pero que le extrajeron todos los implantes.

En octubre de ese año, refiere que el cirujano le reimplantó tres implantes (13, 24 y 25, con sutura). Posteriormente, en febrero del año siguiente, la directora de la clínica franquiciada y le dijo que había que extraer de nuevo el 13 “porque estaba mal puesto”. Explante realizado por otra doctora diferente.  En marzo de ese año le quitan los puntos porque le había colocado unas suturas y un “relleno de hueso”, por lo que en la actualidad sólo le quedan tres implantes (uno posterior del lado derecho, y los dos del lado izquierdo). Que tuvo que tomar antibióticos y analgésicos.

IMAGEN SIMILAR A LA ORTOPANTOMOGRAFÍA DEL CLIENTE.

3. Solución Empleada

Nuestro informe ha sido clave para determinar que el tratamiento no se ha terminado y resolver el contrato con una indemnización.

4. Indemnización

El informe pericial ha servido para poner de manifiesto la mala praxis, justificar la resolución del contrato con la franquicia, la finalización del contrato de financiación vinculado al tratamiento y para recibir una indemnización por daños y perjuicios.

Caso 6 – Mala praxis (Prótesis fija)

1. Introducción al caso

Se trata de un hombre de 62 años, jubilado, casado, con antecedentes de Hipertensión e hipercolesterolemia, con prótesis completa superior y removible parcial inferior.

El paciente manifiesta haberse realizado diversos tratamientos de implantes en una clínica (franquicia) comenzando tres años antes para ponerse una prótesis fija superior, para sustituir la removible que llevaba originalmente.

Fue atendido la primera vez por una empleada, que no le explicó nada acerca del tratamiento, sólo que iba a ponerle los dientes “fijos” con “implantes”, sin explicarle cuántos implantes le iba a poner y que el precio era algo más de 6.000 euros, que con el descuento quedaba en 5.188,32 euros. Que, pese a que le dijeron que la dentadura era fija, en realidad le dieron un presupuesto de “sobredentadura” y de cuatro implantes.

2. Desarrollo del Caso

Se trata de un joven de 24 años, carpintero, que quería mejorar su aspecto, colocándose una prótesis de porcelana para enfundar sus dientes anteriores superiores.

3. Solución Empleada

Nuestro informe establece que la prótesis superior fija no es equilibrada en cuanto a la sonrisa, porque presenta un tamaño y posición de los dientes inadecuado, con la línea de sonrisa (intercuspídea de caninos) y arco de la sonrisa asimétrico. Todo ello ocasiona un defecto estético y se valora en 15.000 euros la indemnización.

4. Indemnización

Gracias al informe pericial. La reclamación ha sido aceptada por la clínica dental, que además de pagar los gastos, se hace cargo de repetir el tratamiento.

Caso 7 – Mala praxis (Implantes)

1. Introducción al caso

En este caso, que nos llega a través del juzgado, se nos nombra perito judicial para delimitar la relación de causalidad entre el tratamiento realizado por un dentista particular y los daños que presenta una paciente de implantes.

Se trata de una señora de 72 años, jubilada, pero con actividad como cantante aficionada en un coro rociero. Fue intervenida con cirugía de 6 implantes dentales en la mandíbula tras diversas exodoncias previas de 4 dientes que refiere “estaban malos” y eran los últimos que le quedaban en la mandíbula, con el objeto de recibir una prótesis “fija” sobre los mencionados implantes. A a los seis se le colocó una prótesis fija “híbrida” atornillada sobre esos 6 implantes inferiores. En la arcada superior, refiere haber sustituido la prótesis fija del maxilar, con exodoncia de todos sus dientes restantes en el maxilar y haberse colocado otros 6 implantes en la arcada superior, y llevar actualmente una prótesis fija “provisional” atornillada.

2. Desarrollo del Caso

Tras la exploración, encontramos que las prótesis muestran relaciones oclusales incorrectas: “mordida cruzada posterior izquierda y borde a borde anterior” y las arcadas se relacionan de forma no armónica: hay una mordida cruzada posterior izquierda entre la prótesis fija provisional superior y la prótesis fija híbrida inferior, así como una relación anteroposterior de clase III, con probable borde a borde anterior, que sería evidenciable de no haberse desprendido 4 dientes de la prótesis inferior. La paciente aporta uno de los dientes desprendidos (diente 43).

La función masticatoria está alterada, al presentar mordida cruzada posterior izquierda, con contractura del músculo masetero del lado izquierdo, así como dolor a la palpación en ATM izquierda, que irradia al oído. La exploración de la fonación, realizada mediante un test conteniendo diversas palabras con consonantes dentolabiales, evidencia que la función fonatoria está conservada salvo en la pronunciación de la “R”, que no es capaz de pronunciarla correctamente la paciente.

 

3. Solución Empleada

Nuestro informe pone de manifiesto que las actuaciones quirúrgicas del dentista habían sido correctas para la patología que presentaba la paciente, pero que el resultado protésico era inadecuadola actuación del dentista fue correcta, salvo en dos aspectos:

  • PROTESIS PROVISIONAL REMOVIBLE: no se planificó darle carga inmediata a los implantes, no atornillando la prótesis provisional, y permitiendo (al ser removible) que la paciente pudiera “no usarla”. Tampoco se realizó correctamente el rebase blando, al no haber adhesión en ciertos aspectos, entre el rebase y la base.
  • PROTESIS HIBRIDA FIJA: debió de colocarse la prótesis en oclusión más favorable, en relación céntrica y mutuamente protegida.

A la luz de los consentimientos informados, podemos afirmar que la paciente era plenamente consciente de la intervención “contratada”, que era la que finalmente obtuvo, aunque el resultado protésico se obtuvo de forma deficiente.

El trabajo protésico y oclusal ha sido muy desfavorable, debiendo haber repetido al inicio el trabajo protésico”…” Exceptuando los tres meses que la actora “desapareció”, así como sus problemas iniciales de higiene, es achacable al dentista la FALTA DE OPORTUNIDAD, por no haber colocado una prótesis correcta al inicio (o en todo caso, una vez comprobada la osteointegración de los implantes, que ocurre normalmente a los tres meses de la intervención, como por otra parte recoge el consentimiento informado firmado por la actora”.

4. Indemnización

Finalmente, el dentista fue condenado a pagar una indemnización a la demandante por el importe de la devolución de honorarios (14.000 euros) y las costas del procedimiento.

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